Costas:Tasa del colegio de abogados por emisión de informe.

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Re: Costas:Tasa del colegio de abogados por emisión de informe.

por abogadoturno oficio jjj » Mié 20 Nov 2024 2:28 pm

Pues debería poderse incluir dicha tasa, y que la pague quien realmente la ha generado que es el condenado en costas. Porque esta tasa no se cobra al cliente por el Colegio de Abogados, sino se le cobra directamente AL ABOGADO. Y es una injusticia que dicho informe lo tengan que pagar AMBOS abogados. Debería asumir el coste el Colegio de abogados, en realidad, pero de no asumirlo ellos, debería poderse repercutir al condenado.

Véase que, por ejemplo, es un absoluto abuso que una persona que tiene derecho a justicia gratuita (la cual o bien se puede revocar, o venir a mejor fortuna), y por ello recurre absolutamente TODO (porque no le cuesta dinero), requiera al abogado a impugnar una tasación de costas por excesivas sin fundamento alguno (algo bastante habitual), so pena de poner queja en el colegio de abogados por haber sido designado para ese fin y no hacerlo.
Así, por ejemplo, en un caso real, el abogado contrario (que no debe tener esta información), me impugna por excesivas unas costas de un incidente tasadas en 100,00 € sin hacer propuesta alternativa, y yo ahora tengo la duda de si allanarme u oponerme. Porque si me allano, no cobro costas. Pero si me opongo, voy a tener que pagar 127,05 € del informe (más otros 127,05 € que va a tener que abonar el abogado contrario), y dicha tasa no se la voy a poder repercutir a quien la está generando, que no es el compañero sino el cliente. Es decir, que mejor no reclamar lo que realmente se debe, porque se ha dictado una sentencia que dice que no se puede repercutir a quien lo genera. Alguien no se ha dado cuenta que eso se está haciendo mal.
Es decir, que para que una persona con derecho a justicia gratuita pueda "hacer uso de su derecho", se le cobra tanto a su abogado, como al abogado contrario, 127,05 €. Todo para que quien ha generado esa necesidad no lo pague. No sé por qué veis que no se debe incluir, pero es más que evidente. El que genera unas costas debe abonarlas, y la tasa son unas costas generadas, al igual que un perito..

por Invitado » Sab 07 Jul 2012 8:07 am

Hola .
Soy quien inició el post. Muchísimas gracias por la respuestas.

efectivamente, pena, el colegio exige una tasa a las partes de pago obligatorio si desean que se emita el informe. Creo que es una tasa que no todos los colegios exigen , pero aquí sí, es para limitar las impugnaciones . Pero era la primera vez que me la solicitaban en costas.
Muchas gracias al foro por todo

por Pena » Mié 04 Jul 2012 9:59 pm

Pues yo no había oído nunca lo de la tasa. No se si lo he entendido bien; entonces el Colegio puede exigirla? Leyendo la referencia entiendo que no.
No entiendo como la pago la parte; acaso el colegio se la cargo al letrado en la cuenta en la que le pasan las cuotas de colegiado??

por Terminatrix » Mié 04 Jul 2012 4:18 pm

Flipando en colores. :shock:

Yo tampoco soy partidaria de incluirla en la TC.

Gracias por la referencia aL ATS,cagjuz. Voy a pegarlo en GUIAS/ JURISPRUDENCIA COSTAS.
Por cierto , I CENDOJ :lol:

por cagjuz » Mié 04 Jul 2012 1:05 pm

Primero contesto: NO hay que incluir el coste del PRECEPTIVO informe del colegio de abogados.

Roj: ATS 5646/2012
Id Cendoj: 28079110012012201610
Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
Sede: Madrid
Sección: 1
Nº de Recurso: 402/2008
Nº de Resolución:
Procedimiento: Casación
Ponente: FRANCISCO JAVIER ORDUÑA MORENO
Tipo de Resolución: Auto
AUTO

"4. No procede declarar a cargo de ninguna de las partes los derechos colegiales por emisión de
dictamen, en la medida que el dictamen que ha de emitir el Colegio de Abogados, según lo dispuesto en el
artículo 246 de la LEC , cuando los honorarios del letrado han sido impugnados por excesivos, constituye una
obligación impuesta por la Ley a aquellos como Administración Corporativa, además de un trámite preceptivo
para que el órgano jurisdiccional pueda pronunciarse con mayor conocimiento y mejor criterio acerca de la
corrección de los expresados honorarios profesionales, sin que por ello puedan tales derechos colegiales
incluirse en la tasación de costas que ha de abonar la parte condenada a su pago."


Por cierto: el CENDOJ es un maná que nadie debería desaprovechar.

Costas:Tasa del colegio de abogados por emisión de informe.

por Invitado » Mié 04 Jul 2012 10:47 am

Buenos días :

En el Colegio de Abogados se cobra a ambas partes una tasa por emisión de informe en casos de impugnación de honorarios por excesivos.

Se emite informe por el Colegio considerando que la minuta es ajustada y pongo el decreto manteniendo la tasación e imponiendo las costas a la parte cuya impugnación se ha visto desestimada.

Presenta la parte minutas solicitando asimismo ,que la parte a la que se han impuesto las costas del incidente pague la tasa referida del colegio de abogados.
Es la primera vez que me lo piden.
¿os ha ocurrido ? ¿La incluyo ?, porque no parece en la minuta del procurador como suplido sino que se han presentado las minutas y aparte un recibo del colegio haciendo constar que la parte impugnada pagó 100 euros por derechos de informe en la pieza de tasación de costas.
Gracias.

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