por fernández soriano » Mar 14 May 2024 9:11 pm
Entiendo que el tratamiento que debe darse a los vehiculos embargados no puede ser el mismo en el caso de los procedimientos declarados en insolvencia provisional, de aquel o aquellos que hayan terminado por pago. Respecto a estos últimos, se debería acordar el alzamiento del embargo, del precinto, y su entrega a su propietario y ejecutado. Respecto a los declarados insolventes, pues, efectivamente, tasar y sacar a subasta, si tienen valor de mercado, y si no lo tienen, pero se puede obtener alguna pequeña cantidad por su desguace, acordarlo así. Saludos.
Entiendo que el tratamiento que debe darse a los vehiculos embargados no puede ser el mismo en el caso de los procedimientos declarados en insolvencia provisional, de aquel o aquellos que hayan terminado por pago. Respecto a estos últimos, se debería acordar el alzamiento del embargo, del precinto, y su entrega a su propietario y ejecutado. Respecto a los declarados insolventes, pues, efectivamente, tasar y sacar a subasta, si tienen valor de mercado, y si no lo tienen, pero se puede obtener alguna pequeña cantidad por su desguace, acordarlo así. Saludos.