por james-sawyer » Lun 25 Mar 2024 3:30 pm
Segun entiendo yo, los embargos de las posibles devoluciones de la AEAT, permanecen 5 años, es decir desde que haces la orden de embargo en la CDCJ, eso se queda ahí, y cada mes, se hace automático, hasta los 5 años. Muchos procuradores y abogado piden la reexpedicion de los embargos pero realmente la de la AEAT no hay que volver a hacer, salvo que ya hayan pasado los 5 años.
Y respecto al embargo de cuentas bancarias, tengo entendido que dura unos 3-4 días, una vez pasado eso, ya no permanece esa orden de embargo y habria que reexpedir el embargo, una vez ya lo solicite de nuevo el procurador o abogado correspondiente.
Asi lo entiendo yo, salvo que la cosa haya cambiado.
Segun entiendo yo, los embargos de las posibles devoluciones de la AEAT, permanecen 5 años, es decir desde que haces la orden de embargo en la CDCJ, eso se queda ahí, y cada mes, se hace automático, hasta los 5 años. Muchos procuradores y abogado piden la reexpedicion de los embargos pero realmente la de la AEAT no hay que volver a hacer, salvo que ya hayan pasado los 5 años.
Y respecto al embargo de cuentas bancarias, tengo entendido que dura unos 3-4 días, una vez pasado eso, ya no permanece esa orden de embargo y habria que reexpedir el embargo, una vez ya lo solicite de nuevo el procurador o abogado correspondiente.
Asi lo entiendo yo, salvo que la cosa haya cambiado.