por AbogadAlicia » Mié 20 Dic 2023 11:11 am
Buenos días: es la primera vez que escribo, aunque os leo asiduamente, y quisiera me pudieran responder a una cuestión. Una compañera vuestra se niega a notificar al Procurador que encabeza la demanda, y notifica en su lugar al Letrado firmante de la misma, aduciendo que " no procedeerá notificación a través de Procurador hasta que cosnte debidamente acreditada la representación procesal" ¿en base a qué le notifican al Letrado?.
Gracias de antemano
Buenos días: es la primera vez que escribo, aunque os leo asiduamente, y quisiera me pudieran responder a una cuestión. Una compañera vuestra se niega a notificar al Procurador que encabeza la demanda, y notifica en su lugar al Letrado firmante de la misma, aduciendo que " no procedeerá notificación a través de Procurador hasta que cosnte debidamente acreditada la representación procesal" ¿en base a qué le notifican al Letrado?.
Gracias de antemano