por fernandez soriano » Sab 09 Dic 2023 4:27 pm
Bueno, entiendo qué también habría que valorar el derecho de usufructo, y restarlo del valor del inmueble, haciendo el justiprecio del art. 666 Lec, para así fijar el valor de subasta. Saludos.
Bueno, entiendo qué también habría que valorar el derecho de usufructo, y restarlo del valor del inmueble, haciendo el justiprecio del art. 666 Lec, para así fijar el valor de subasta. Saludos.