ETJ de decreto aprobando costas habiendo pagado en el ordinario

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Re: ETJ de decreto aprobando costas habiendo pagado en el ordinario

por wences2 » Mar 05 Dic 2023 2:51 pm

A La impugnación de las costas se le puede tratar de incidente, pero al no poderse confundir con las actuaciones del pleito principal, que se encuentran paradas, no se van a confundir unas actuaciones las del incidente y las del pleito principal, por lo que resulta superfluo abrir la pieza separada. Creo.

Re: ETJ de decreto aprobando costas habiendo pagado en el ordinario

por Balbo » Mar 05 Dic 2023 2:38 pm

Muchas gracias por las respuestas

Re: ETJ de decreto aprobando costas habiendo pagado en el ordinario

por Carlos Esteban » Lun 04 Dic 2023 8:55 pm

Yo igual, solo si hay impugnación. Si no, no le veo sentido.

Re: ETJ de decreto aprobando costas habiendo pagado en el ordinario

por Invi85 » Lun 04 Dic 2023 6:06 pm

Pues a mi abrir pieza separada por una tasación de costas ya me parece un disparate
No lo considero un incidente que luego lleve un número cuando se apruebe por decreto.
Si impugnan una tasación de costas, sí abro pieza y sí veo incidente.
Pero para practicarla,...... me niego a abrir pieza separada por eso. Ya está la gente con la numeritis
Saludos

Re: ETJ de decreto aprobando costas habiendo pagado en el ordinario

por wences2 » Dom 03 Dic 2023 2:22 pm

Aquí no veo un grave problema, se inadmite la ejecución. Ahora bien, ¿que pasaria si se ha despachando ejecución y nos damos cuenta después?


Por otra parte y a modo de reflexión, aunque no sirva para nada, entiendo que el titulo habilitante es la sentencia que condena en costas.
En épocas en que se dictaba auto para para aprobar las costas, ponia diligencia de ordenación por entender que si las partes no impugnaban las costas la resolución que debría recaer ero de mero trámite y por eso dictaba una diligencia de ordenación, partiendo de la premisa de que el titulo habilitante era la sentencia que condenaba a las costas. Este criterio fue bastante compartido en su día.

He vuelto a primera instancia y me doy cuenta de que se abre pieza separada por cualquier cosa. Con la solicitud de tasaciónde costas abren pieza también. Supongo que se hará a los solos efectos estadsísticos, pues no se trata de incidente de especial pronunciamiento ni medida cautelar, ni ejecución provisional. No se, por lo visto estoy muy desfasado.

Re: ETJ de decreto aprobando costas habiendo pagado en el ordinario

por Carlos Esteban » Mié 29 Nov 2023 5:02 am

Si no lo entiendo mal, ya se pagaron las costas en el ordinario. No veo que haya un título que ejecutar si ha pagado. Comprobado que ha pagado y la fecha en que lo hizo no habría nada más que inadmitir la demanda de ejecución.

Re: ETJ de decreto aprobando costas habiendo pagado en el ordinario

por Invi85 » Mié 29 Nov 2023 1:52 am

Totalmente de acuerdo con macondo
Si no las pagan, claro que es un titulo ejecutivo ese decreto aprobando las costas.
Sigue lo que te ha dicho el compañero
Saludos

Re: ETJ de decreto aprobando costas habiendo pagado en el ordinario

por Macondo » Mar 28 Nov 2023 7:53 pm

Hola, el decreto aprobando las costas sea en un ordinario como en otro procedimiento declarativo, si no se abonan es un título ejecutivo. Por eso han solicitado al ejecución. En tu caso lo mejor es comprobar si se realizó el pago en el periodo voluntario de 20 días, y por lo que dices parece que ingresaron las costas en el ordinario. Si es así, pagaría las costas en el ordinario e no admitiría la ejecución por pago. Si han pagado fuera del periodo voluntario y después de la solicitud de ejecución, entregaría el dinero en la ETJ

Re: ETJ de decreto aprobando costas habiendo pagado en el ordinario

por Carlos Esteban » Mar 28 Nov 2023 4:32 pm

Las costas en el ordinario. Yo inadmitiría directamente la ejecución.

ETJ de decreto aprobando costas habiendo pagado en el ordinario

por Balbo » Mar 28 Nov 2023 1:58 pm

Buenos días, planteo una duda. Tengo una ETJ reclamando un principal (Decreto de aprobación de las costas) más el 30 por ciento de intereses y costas. El condenado pagó e ingresó la cantidad en el ordinario, dentro del plazo de los 20 días siguientes a la notificación del decreto. Es cierto que no lo comunicó al juzgado, ni consta que lo comunicara al beneficiario.
Preguntas:
1. Entiendo que el decreto aprobando las costas no es título ejecutivo, sino que el TE es la sentencia, ¿es exigible como ejecución, o debe ser exigido en el ordinario?. Está claro que no devenga costas, ni intereses de mora procesal (ya que ha pagado en plazo), pero ¿inadmito la ejecución?
2. ¿O bien la admito, le abono el importe ingresado en el ordinario y la archivo posteriormente por completa satisfacción del ejecutante?

Muchas gracias

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