por mercantilista » Mar 31 May 2022 11:23 pm
Eso por un lado, que ya de por sí es un argumento contundente. Por otro, y dejando a un lado el propio precepto que se citaba, es que ya está bien del abuso de los que pretenden eludir la fe pública de pago sobrecargando a los de la fe pública gratis.
Si alguien quiere un testimonio de una escritura, que conforme al Decreto por el que se aprueba con carácter definitivo el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, acuda al notario y abone lo que proceda, y no que pretenda saltárselo acudiendo a los tontos útiles.
Eso por un lado, que ya de por sí es un argumento contundente. Por otro, y dejando a un lado el propio precepto que se citaba, es que ya está bien del abuso de los que pretenden eludir la fe pública de pago sobrecargando a los de la fe pública gratis.
Si alguien quiere un testimonio de una escritura, que conforme al Decreto por el que se aprueba con carácter definitivo el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, acuda al notario y abone lo que proceda, y no que pretenda saltárselo acudiendo a los tontos útiles.