por bolsa 11 » Mar 31 Ago 2021 12:26 pm
Buenos días!!
Tengo una duda, os pongo en situación . En unas DPA que han pasado a PA , el letrado del investigado renuncia a su defensa, nos consta que el cliente es conocedor de eso. Mi pregunta si tenemos que suspender los plazos del procedimiento hasta que designe un nuevo abogado y sino lo hacemos de oficio o no haría falta suspender nada , simplemente requerirle que nombre abogado y procurador en un plazo de tres días...
Lo comento por si luego quiere recurrir el Auto de PA y ya no pueda porque han pasado los plazos
OS NECESITO , que harías?
Muchísimas gracias de antemano!!
Buenos días!!
Tengo una duda, os pongo en situación . En unas DPA que han pasado a PA , el letrado del investigado renuncia a su defensa, nos consta que el cliente es conocedor de eso. Mi pregunta si tenemos que suspender los plazos del procedimiento hasta que designe un nuevo abogado y sino lo hacemos de oficio o no haría falta suspender nada , simplemente requerirle que nombre abogado y procurador en un plazo de tres días...
Lo comento por si luego quiere recurrir el Auto de PA y ya no pueda porque han pasado los plazos
OS NECESITO , que harías?
Muchísimas gracias de antemano!!