por LAJM » Jue 26 Ago 2021 11:22 am
Buenos días,
en una pieza de liquidación de intereses en la que una parte reclamaba 1000 euros finalmente se condena a pagar a la contraria 60. Se tasan las costas tomando como base esos 1000 euros y se impugnan por la parte contraria alegando que deben calcularse las costas tomando como base los 60 euros que son los reconocidos en el auto que resuelve la pieza de intereses y no los 1000 que inicialmente se reclamaban. Mi pregunta es: ¿deben minutarse las costas del incidente tomando como base esos 1000 euros de intereses reclamados o los 60 euros reconocidos finalmente? ¿?¿es aplicable el limite del tercio en este caso? Muchísimas gracias.
Buenos días,
en una pieza de liquidación de intereses en la que una parte reclamaba 1000 euros finalmente se condena a pagar a la contraria 60. Se tasan las costas tomando como base esos 1000 euros y se impugnan por la parte contraria alegando que deben calcularse las costas tomando como base los 60 euros que son los reconocidos en el auto que resuelve la pieza de intereses y no los 1000 que inicialmente se reclamaban. Mi pregunta es: ¿deben minutarse las costas del incidente tomando como base esos 1000 euros de intereses reclamados o los 60 euros reconocidos finalmente? ¿?¿es aplicable el limite del tercio en este caso? Muchísimas gracias.