por Mininota » Sab 22 Ago 2020 5:27 pm
Que conste que no tengo ningun asunto entre manos que me lleve a una consulta; es mera curiosidad sobre cómo funcionáis en los Tribunales.
La "Ley contra el blanqueo" arriba citada empieza con una larga lista de "sujetos obligados" a tomar muchas medidas y a dar muchos avisos. En esa lista, no veo nada parecido a la Administración de Justicia. Están abogados, bancos, notarios registraadores, casas de apuestas, que se yo... muchos. Pero Tribunales, no están.
Así, cuando una persona jurídica pasa por mi notaría, tiene que declararme absolutamente todo sobre su propiedad, órganos que la dirigen, vida y milagros, etc etc; vamos, casi la ropa interior del Consejo de Administracion, a ver de qué color es.
Nosotros levantamos acta, y damos minuciosos partes a una base de datos, donde todo se refleja. Base que, luego, hemos de consutar cada vez que hacemos "algo" con una sociedad, etc. Se nos sujeta a un rigurosísimo control informático para ver que, en efecto, así lo hacemos. ¡Caramba, y no está mal! Más, y sobre todo MEJORES controles deberían existir, creo yo.
Pero luego, en los tribunales, ¿qué sucede? Las sociedades ¿campan por sus respetos, y -por ejemplo- otorgan poderes apud acta sin más ni más?
Y si es una sociedad con sede en un paraíso fiscal, ¿no haceis nada? ¿Haceis el poder apud acta y tan contentos todos?
Insisto: es mera curiosidad, por saber si nosotros hacemos una barbaridad de controles, y en cambio ante los tribunales (paradojas de la vida) igual no hay ningún control de estos asuntos. Cosa veredes, mío Cid...
Saludos.
Que conste que no tengo ningun asunto entre manos que me lleve a una consulta; es mera curiosidad sobre cómo funcionáis en los Tribunales.
La "Ley contra el blanqueo" arriba citada empieza con una larga lista de "sujetos obligados" a tomar muchas medidas y a dar muchos avisos. En esa lista, no veo nada parecido a la Administración de Justicia. Están abogados, bancos, notarios registraadores, casas de apuestas, que se yo... muchos. Pero Tribunales, no están.
Así, cuando una persona jurídica pasa por mi notaría, tiene que declararme absolutamente todo sobre su propiedad, órganos que la dirigen, vida y milagros, etc etc; vamos, casi la ropa interior del Consejo de Administracion, a ver de qué color es.
Nosotros levantamos acta, y damos minuciosos partes a una base de datos, donde todo se refleja. Base que, luego, hemos de consutar cada vez que hacemos "algo" con una sociedad, etc. Se nos sujeta a un rigurosísimo control informático para ver que, en efecto, así lo hacemos. ¡Caramba, y no está mal! Más, y sobre todo MEJORES controles deberían existir, creo yo.
Pero luego, en los tribunales, ¿qué sucede? Las sociedades ¿campan por sus respetos, y -por ejemplo- otorgan poderes apud acta sin más ni más?
Y si es una sociedad con sede en un paraíso fiscal, ¿no haceis nada? ¿Haceis el poder apud acta y tan contentos todos?
Insisto: es mera curiosidad, por saber si nosotros hacemos una barbaridad de controles, y en cambio ante los tribunales (paradojas de la vida) igual no hay ningún control de estos asuntos. Cosa veredes, mío Cid...
Saludos.